En México los esfuerzos por regular el cabildeo iniciaron desde inicios del siglo XXI. Despues de varias propuestas e iniciativas de ley para reformar el cabildo, fue en 2010 cuando se reguló el cabildeo legislativo dentro de los reglamentos de las Cámaras del Congreso de la Unión, estableciendo lo siguiente:

REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS (Art. 263 a 268)

Define Cabildeo

Define Cabildero

Establece el Registro de Cabilderos (requisitos, vigencia, órgano responsable, sanciones)

Prohíbe el Cabildeo interno si hay un beneficio económico de por medio

Exige a las Comisiones el registro y la publicación de documentos recibidos por cabilderos

REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA (Art. 298 y 299)

Define Cabildeo

Exige a las Comisiones un informe de interacción con cabilderos

Prohíbe a senadores aceptar dádivas o pagos

Remite sus sanciones a las leyes de responsabilidades y la legislación penal

Adicionalmente, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobada en 2015, establece en su artículo 72 la obligación al poder legislativo federal y local de conformar y hacer público un padrón de cabilderos.

Asimismo, el marco legal del cabildeo se complementa también de forma dispersa en varios ordenamientos jurídicos relativos a las materias legales que afectan la actividad, como por ejemplo:

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (derecho a trabajo lícito y derecho de petición).
  • Materia Civil (el Mandato, la Representación, el Poder; Contrato de Prestación de Servicios Profesionales).
  • Materia Penal (Ejercicio Indebido de Servicio Público, Ejercicio Abusivo de Funciones, Tráfico de Influencias, Cohecho, y Enriquecimiento Ilícito)
  • Materia de Responsabilidades Administrativas y de los Servidores Públicos
  • Materia Electoral (representatividad, aportaciones y financiamiento electoral, y ausencia de prohibición al donatario de hacer petición posterior al legislador)

Al respecto, estudios de la OCDE muestran que la regulación del cabildeo ha resultado ser un tema difícil para los reguladores. Frente a esto, en 2010 la OCDE publicó la “Recomendación sobre Principios para la Transparencia y la Integridad en el Cabildeo”, como una guía para los tomadores de decisiones sobre cómo promover una buena gobernanza del cabildeo. Adicionalmente, publicó el “Manual OCDE CleanGovBiz sobre Cabildeo”, el cual ofrece una guía práctica sobre cómo aplicar los principios que se recomiendan para regular el cabildeo. Por último, se publicó la “OCDE Cabilderos, Gobierno y Confianza Pública: Volumen 3, Implementando los Principios para la Transparencia y la Integridad en el Cabildeo”, donde se analiza el progreso en la implementación de los principios OCDE y se impulsa la “Estrategia de la OCDE sobre Confianza” para ayudar a los gobiernos y sociedad a recuperar la confianza en torno al cabildeo.

Los 10 “Principios para la Transparencia y la Integridad en el Cabildeo” de la OCDE son los siguientes1:

1 http://www.oecd.org/corruption/ethics/Lobbying-Brochure.pdf

I. Construyendo un marco efectivo para la apertura, transparencia e integridad

1. Los gobiernos deben ofrecer condiciones iguales para todos brindando a los interesados un acceso equitativo en el desarrollo e implementación de las políticas públicas.

2. Los lineamientos y reglas sobre cabildeo deben abordar de forma proporcionada el problema y riesgo percibido para ser consistentes con una política más amplia y los marcos legales que promueven el buen gobierno y el respecto del contexto socio- político y administrativo.

3. Las normas y directrices sobre el cabildeo deben ser coherentes con las política públicas y el marco regulatorio en su totalidad.

4. Los países deberán cuando así́ lo consideren, definir claramente los términos de “cabildeo” y “cabildero” o desarrollar lineamientos y reglas sobre esta práctica.

II. Fortaleciendo la transparencia

5. Los países deberán ofrecer un grado adecuado de transparencia para darle a los servidores públicos y a los ciudadanos suficiente información sobre el cabildeo que busca influenciar las decisiones gubernamentales.

6. Los países deben permitir que las organizaciones de la sociedad civil, los medios de comunicación y el público en general evalúen las actividades de cabildeo.

III. Promoviendo una cultura de integridad

7. Los gobiernos deberán promover una cultura de integridad en las organizaciones públicas y en la toma de decisiones ofreciendo lineamientos y reglas de conducta claros para los servidores públicos que sean contactados por cabilderos.

8. Los cabilderos deben seguir los estándares de profesionalismo y transparencia; ellos comparten la responsabilidad de promover una cultura de integridad, transparencia y respeto en el cabildeo.

IV. Mecanismos para la implementación efectiva y el cumplimiento

9. Un espectro coherente de estrategias y mecanismos debe equilibrar cuidadosamente los incentivos y las sanciones e involucrar a los actores clave para lograr el cumplimiento.

10. Los países deben revisar periódicamente el funcionamiento de los lineamientos y las reglas relacionadas con el cabildeo y hacer los ajustes necesarios de acuerdo con la experiencia adquirida en la implementación.

Derivado de la importancia del cabildeo en el desarrollo político de los países, así como los riesgos de corrupción, la presión pública a nivel mundial ha incrementado para que la regulación de esta actividad se coloque en la agenda política. En general, la regulación del cabildeo se ha vuelto más común a nivel internacional; cada vez son más los países que regulan dicha actividad. Muestra de ello es el incremento en el número de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que han regulado el cabildeo: